JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 01 de Marzo de 2006
195° y 147°
Vista la anterior Solicitud, presentada por el Abogado WILLMER OVALLES, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 78.687, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: JOSE ALEJANDRO TORTOLERO, LEIDA BLASINA TORTOLERO ARIAS e YRENE TORTOLERO DE CABRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.627.963; V-7.217.074 y V-7.255.955 respectivamente. Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de INSPECCIÓN JUDICIAL. A tal efecto, se decreta el traslado y constitución del Tribunal al sitio indicado en la solicitud, una vez sea solicitado por la parte interesada. Haciéndosele saber que deberá cumplir con los me.....