DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara DE OFICIO LA NULIDAD de la decisión proferida en fecha 18 de Mayo de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual decretó el Sobreseimiento de la causa seguida en contra de los ciudadanos ANTONIO GONZÁLEZ y ANA ELIA ALVARADO, por el delito de Lesiones Personales Intencionales Menos Graves, por operar la prescripción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda ANULADA la decisión proferida en fecha 18 de Mayo de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y.....