V
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por la por el abogado Ramón Humberto Hernández Camacho y Silvia Rosmary Natera Torres, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 8.093 y 102.119, actuando en su carácter de Procurador General del Estado Portuguesa y Apoderada judicial de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO TRUJILLO, respectivamente, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 070-2008-0081, de fecha 19 de junio de 2008, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN VALERA, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago d.....