Dispositiva:
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N ° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta Sobreseimiento de la causa, conforme lo señalado en el artículo 300 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de persona desconocida, por cuanto la acción penal se ha extinguido en virtud del transcurso del tiempo.- Remítanse las actuaciones al archivo judicial del Estado Lara, una vez decretada firme la decisión y agotado el lapso de ley para que las partes ejerzan el recurso a que haya lugar, a los fines de su conservación y archivo. Cúmplase. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
El Juez
El Secretario
Abg. Amelia Jiménez García