Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle a los adolescentes Identificación omitida por disposición de la Ley, de 17 y 14 años de edad, el derecho de propiedad y posesión sobre unas bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno municipal, con un área de ciento cincuenta y ocho metros cuadrados con cuarenta centímetros (158,40M2) ubicada en la calle 01 del sector El Rosal, Barrio El Cambio, Municipio Guanare del estado Portuguesa, dichas bienhechurías constan de ciento ocho metros cuadrados (108,00 Mts2.....