DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello- Juan José Mora, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, se DECLARA COMPETENTE y ADMITE LA DEMANDA DE NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO (Auto de Homologación) CONTENIDO EN LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA de fecha 21-Septiembre-2015, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO y JUAN JOSE MORA DEL ESTADO CARABOBO; Interpuesta por los ciudadano ut supra identificados , a través de apoderada judicial .
Publíquese, Regístrese y déjese copia,-
Dada, Firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, SEDE PUERTO CABELLO- JUAN JOSE MORA. En Puerto Cabello, al primer (01) día del mes de Abril de dos mil dieciséis (.....