Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley declara: ABANDONO DEL TRÁMITE y, en consecuencia, terminado el procedimiento, en la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano Miguel Gerónimo Osío Sandoval, asistido por el abogado Francisco Villavicencio, inscrito en el IPSA nº. 5648, en contra de C.A. ELECTRICIDAD DE VALENCIA. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas de entidades bancarias receptoras de fondos nacionales. El sancionado deberá acreditar el pago mediante la consignación en autos del comprob.....