DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE conforme a lo dispuesto en el ordinal 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de los ciudadanos: JIMMY RAFAEL PACHECO ALVARADO Y JORGE LUIS PACHECO ALVBARADO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.305.677 y V-16.868.141, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 41 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARÍA UBENCIA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.733.399, por cuanto de la investigación de la presente causa resulta impracticable por parte del Min.....