Se declarí SIN LUGAR, por cuanto los hechos alegados por la denunciante y las pruebas aportadas, no conllevan a un fraude procesal, ya que no existen en autos los elementos para que esta se configure, toda vez que el derecho a la defensa de la parte demandada no ha sido menoscabado, por el contrario en el juicio contenido en estos autos interpuso a su vez oposición a la medida de embargo preventivo acordada por este despacho y siendo así, visto que no hay elementos de juicio que indiquen maquinaciones o artificios de parte de los actores en el curso del juicio a los fines de perjudicar a la accionada y en su beneficio.