este Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en la presente causa seguida al ciudadano PEDRO JOSE GARCIA MIERES, venezolano, natural de Cumaná, de 26 años de edad, ocupación Vigilante, titular de la cédula de identidad No. V- 18.775.859, nacido el 07-08-1987, hijo de los ciudadanos Ángela Mieres y Pedro García, residenciado en la urbanización Bebedero, calle 1, casa N° 41, a una cuadra del taller de herrería "El Gato", Cumaná, Estado Sucre. Teléfono 0293-4519404,; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIFEL NORFIMAR MARIA SANCHEZ .....