En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente (Identidad Omitida), plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Imposición de Reglas de Conducta, por el lapso de un (01) año, se le imponen las siguientes obligaciones:
1) Residir en un lugar determinado y cualquier cambio deberá participarlo al Juez de Ejecución.
2) Someterse bajo el cuidado y vigilancia de su representante legal Lisbeth Meléndez titular de la cédula de identidad No 12.242.670.
3) Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y acudir a charlas que traten sobre la problemática de las drogas.
4) Continuar sus estudios y consignar las constancias de estudios y notas del lapso académico que le corresponde ser evaluado.
Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año:
Se designa para el cumplimiento de esta medida el Programa de Atención a Niños y Adolesce.....