Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto el 17 de mayo de 2.010, por el abogado CESAR ALEXIS GALEA LAMAS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOHNNY ALBERTO MAGDALENO RIVAS, contra el auto dictado el auto dictado el 10 de mayo de 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó oír el recurso de apelación interpuesto, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 30 de abril de 2010, en el expediente N° 1611.- SEGUNDO: ORDENA OIR EN AMBOS EFECTOS EL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO, en fecha 06 de marzo de 2010, por la abogada DULCE RODRIGUEZ, en su .....