Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Primero: Declara Con Lugar el Recurso de Apelación presentado por el profesional del derecho Williams Sandoval, quien actúa en representación del Imputado José Alfredo Salas López contra la decisión de fecha 07 de febrero del 2011, dictada por el Juez Undécimo de Control de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Declara conforme a la motiva expuesta en el presente fallo, la Nulidad del auto recurrido de fecha 07 de febrero del 2011, y la audiencia de presentación que dio lugar al dictamen del fallo aludido, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 190 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Ordena la celebración de nueva audiencia de presentación solicitada por el Ministerio Público, en la cual se deberá decidir motivadamente acerca de la procedencia o no de la Media Privativa Judicial de Libertad solicitada por el Ministerio Público.