DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: se declara con lugar la solicitud del ministerio publico en cuanto al imputado MANUEL JOSE ACOSTA GARCIA, Venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha 16/05/81, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.017.123, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, y residenciado en punta cardón, calle Páez, No 21, diagonal al Bar Venezuela, teléfono 0416-1624908, se decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, establecida en el ordinal 3 del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación por ante este Tribunal cada 15 días, la MEDIDA DE PROTECCIÒN Y SEGURIDAD establecidas en el Artículo 87, numerales 5, 6 y 13 de la ley especial, referida a la prohibición de acercars.....