Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JOSE GREGORIO MORAO MORAO, Venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha: 14-11-1995, de profesión u oficio agricultor, soltero, Titular de la Cédula de identidad número V- 26.216.850, hijo de: Fernando Vizcaíno y Isabel Morao, residenciado en Sector las Charas, a tres calles del comando, pasando la Cancha, Bohordal, Municipio Cajigal, del Estado Sucre, Por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y ARREBATON previstos y sancionados en los artículos 218 y 456 ultimo aparte ambos del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y del ciudadano ELIO VICEN.....