En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano LUIS GONZAGA OCANTO, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro 9.850.915, contra la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS INALCON C.A., ampliamente identificada en autos, quien deberá pagar al actor los conceptos especificados en la motiva de la presente decisión..