En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el presente decreto conforme a los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, a favor de la Sociedad Mercantil JAUJA INDUSTRIAL C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 01 de Julio de 2016, bajo el Nº 15, Tomo 162-A, por un lapso de tiempo de CIENTO OCHENTA (180) DÍAS CONTINUOS, contados a partir de la presente fecha. En tal sentido, éste Tribunal ordena que la Sociedad Mercantil JAUJA INDUSTRIAL C.A., antes identificada, siga con las labores destinada.....