Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la demanda instaurada por MULTISERVICIOS WENCAR 2015, C.A. inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 04 de marzo de 2015, Nro. 51, Tomo 394-A, de este domicilio, contra la sociedad mercantil TRANSPORTE INTERMUNDIAL, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil del estado Táchira, 14 de marzo 1979, Nro. 6, Tomo 4-A, de este domicilio; y se da por terminado el expediente.