DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el RECURSO DE HECHO intentado por el Abogado Martin Pappaterra, Apoderado Judicial de la firma mercantil FARMACIA LA 52 C.A., en contra del auto dictado en fecha 10 de mayo de 2021 que declaro inexistente el correo electrónico donde se interpuso el recurso de apelación contra la sentencia dictada el 29 de abril de 2021 por el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia, el recurso de apelación interpuesto debe ser oído en ambos efectos.
Queda así REVOCADO el auto apelado.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juez A-quo y archívese la presente causa.
Regístrese,.....