D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Ivan Venegas Guarin con el carácter de autos contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 01/03/06, mediante el cual declaró improcedente la solicitud de la parte demandada, en el juicio Cobro de Bolívares Vía Intimatoria intentado por GUILLERMO MORON ARAUJO contra MARIA DE FATIMA FERREIRA, ALÍ JOSÉ PALACIOS DELGADO y como Avalista a la empresa QRIOSIDADES ALFA S.R.L.
Queda así CONFIRMADA la sentencia interlocutoria apelada.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquense a las partes de esta decisión, líbrense boletas y entréguensele .....