ÚNICO: Declara SIN LUGAR la recusación interpuesta en fecha 09 de Julio de 2012, por el abogado, GUSTAVO ARISOSTOMO CAMPOS, en su condición de Defensor del ciudadano, ERICK ALBERTO PEREIRA ARTEAGA, en contra de la Jueza de Primera Instancia en Función de Control No. 05 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, abogada FLORISBE LIRA ARENAS, de conformidad con el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto N° GP01-P-2012-0013536. En virtud de la presente resolución se ordena la remisión de lo pertinente al Tribunal A quo, por mandato del artículo 94 del Código Adjetivo Penal, a efecto continué conociendo del presente asunto.