En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: CON LUGAR la solicitud de pago de prestaciones sociales incoada por la ciudadana YARELIS DEL CARMEN ESCALONA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 19.745.096, contra la ciudadana DEISYS ROSMAR JUAREZ, con domicilio en la Urbanización Valles del Sol, calle 4, casa Nº 42, del sector La piedad de Cabudare, Municipio Palavecino, estado Lara En consecuencia se ordena a la demandada pagar a la demandante la cantidad total de DOS MIL NOVECIENTOS CUATRO CON OCHENTA Y OCHO (Bs/f 2.904.88)