el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte demandada ciudadana ZAIDEE LUCIA LUGO PRIMERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.500.047, de este domicilio; para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a partir de la fecha a que conste la citación, a dar contestación a la demanda