II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia conforme al encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que origina la terminación del proceso iniciado por demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, por el ciudadano RAMÓN SALVADOR MONTERO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.103.189, representado por la abogada en libre ejercicio JENNY MERCEDES DE FARIA MONTIEL inscrito en el I. P. S. A. bajo el Nro. 95.726, en su carácter de apoderada judicial, contra la ciudadana D.....