DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: declara CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada YOLANDA CACERES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 203.765 en su carácter de apoderada judicial de la JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS LAS AMERICAS C.A, contra el auto de fecha 11 de junio de 2025 dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: REVOCA el auto de fecha 11 de junio de 2025 dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Y ASI SE DECIDE.
TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Municipio Ordinar.....