Ambas partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene, por haber sido celebrada libre de constreñimiento alguno de conformidad con lo establecido con el parágrafo único del artículo 3 de Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículo 9 y 10 de su Reglamento y solicitan al ciudadano Juez le imparta la correspondiente homologación al estado de sentencia pasada con carácter de cosa juzgada. Ambas partes solicitan al Tribunal que una vez homologada la presente transacción, ordene el archivo del expediente. La Empresa en este acto pide al tribunal se sirva ordenar copia certificada de la presente transacción, de la homologación y del auto que la provea. El Juez deja constancia de haber advertido a las partes del alcance de la presente transacción. Es todo, termino, se leyó y conformes firman