REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Puerto Cabello, 01-noviembre-2007
197° y 148°
De la revisión de las presentes actuaciones, este tribunal observa que en fecha 23-octubre-2006, los ciudadanos Angel Francisco Gómez Matos, Giovani Rafael Gómez Matos, Martha Yosbery Gómez Matos, Egly Plivédica Gómez Matos y Danyer José Gómez Matos; mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.444.759, V-8.592.148, V-8.596.571, V-8.600.339, y V-8.608.920, respectivamente; asistidos por la abogada Nelida Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 79.115; presentaron solicitud de Únicos y Universales Herederos; instándolos este juzgado mediante auto de fecha 02-noviembre-2006, a rectificar el acta de defunción del de cujus, a los fines de su evacuación; y por cuanto hasta la presente fecha no le han dado cumplimiento a lo solic.....