DISPOSITIVA
En atención a lo antes señalado, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que queda ejecutada en los términos señalados, la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes en contra del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , en perjuicio de la ciudadana BETZAMILEN CASTAÑEDA JIMÉNEZ; mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida contenida en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de DOS (02) AÑOS, cuya sanción consistirá en la realización de cursos en área de su interés o trabajar, a los fines que aprenda un arte u oficio que lo ayude a regular el modo de vida; determinándose del cómputo realizado que el sancionado XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, estuvo detenido, desde el d.....