En virtud de lo precedentemente expuesto, Juzgado Décimo de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano, FERNANDO ADRIAN MAYORCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V 9.672.358 y la sociedad mercantil C.A. TABACALERA NACIONAL en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
ABG. JOSE GREGORIO KELZI TABBAN
Juez del Tribunal Décimo de Primera Instancia de S.M.E.
LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA
ABG. DINA PRIMERA ROBERTIS
Secretaria