HOMOLOGA el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa juzgada; y verificado como ha sido el pago, se ordena el cierre y archivo del expediente, así como su remisión a la Coordinadora Judicial, mediante oficio. Es todo.
EL JUEZ,
Abg. Rafael Ignacio Gainze
LA APODERADA JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA
Abg. Adelina Miranda
EL APODERADO JUDICIAL DEL EX TRABAJADOR,
Abg. Lennon Orozco.
LA SECRETARIA,
Abg. Ana Gabriela Colmenares.