DECISIÓN
Sobre la base de las consideraciones anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley imparte homologación a la transacción y cesión de derechos, efectuada por los ciudadanos Hector Abdelnour Suppa Peñate, Miguel Antonio Suppa Peñate y Rino José Suppa Peñate, en el juicio por Partición de Comunidad, ejercido por el ciudadano Ruggiero Suppa Corcella, en los términos contenidos en los escritos suscritos por las partes. En consecuencia, se adjudica en plena propiedad al ciudadano Ruggiero Suppa Peñate, el 40% de los derechos de propiedad sobre los siguientes bienes inmuebles: PRIMERO: Una casa con su terreno propioque tiene una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 mts2), situada entre la calle 16 y 17 y avenida 53 y 54 parcela.....