En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley, decreta el Embargo Ejecutivo de los bienes señalados por la parte actora, se desposesiona jurídicamente, colocándolo en posesión del delegado de la Depositaria Barquisimeto, C.A., anteriormente identificado. En este estado la parte actora, expone: “Solicito al Tribunal se sirva a dejar los bienes anteriormente embargados, bajo la guarda y custodia del representante del “Colegio Teresa Carreño”, es todo”.