Es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA DE OFICIO, la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado LUIS ÁNGEL MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 18.777.795, y en consecuencia la sustituye por una medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad consistente en presentaciones periódicas cada 15 días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial penal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 44 numeral 1° del texto Constitucional y 256 numeral 3° y 264 ambos del Código Orgánico Procesal penal. Se fija audiencia de imposición para el 02-11-2011 2:30 p.m. Notifíquese a las partes. Líbre.....