Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso la ciudadana: JOHANNA ALEJANDRA BENITEZ PARRA, contra la entidad de trabajo: BAZAR CENTRO 99, representada legalmente por la ciudadana: XIEDE CHANG GUICHAN, en su carácter de propietaria. Condenándose al ultimo el pago de la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN BOLÍVARES CON OCHENTA Y SIETE (Bs.39.431,87) por los conceptos antes señalados. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
Publíquese, regístrese y dé.....