DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juez Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA: al ciudadano JEANS CARLOS VARGAS A CUMPLIR LA PENA DE DOS (2) AÑOS DE PRISION POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado ene l artículo 278 del Código Penal. Acuerda se amplié la MEDIDA CAUTELAR a cada 30 días. Ordene se remite el Arma de Fuego al PARQUE DE ARMAS En virtud de que las partes renunciaron de la apelación se remite la presente decisión al Tribunal de Ejecución correspondiente. Es todo.
Publíquese, Regístrese y Remítase esta Sentencia al Juez de Ejecución que le corresponda. Cúmplase: En el palacio de la Justicia de esta Circunscripción Judicial.