Con fundamento a lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara el ciudadano Melecio Araque Paredez, a través de abogado, contra la unidad educativa Instituto San Juan de Dios, C.A., todos identificados en el en el encabezamiento del presente fallo. SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas debido a la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de lo Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Guacara a los tres (03) días del mes de Febrero de 2011. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO
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