DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de XXXXXXXXXXXXXXXXXXpresuntamente incurso en la comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FISICA, previstos en el artículo 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de XXXXXXXXXXXXXXXXX; conforme al artículo 582 literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en presentaciones periódicas cada QUINCE (15) días ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, así como la PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO A LA VICTIMA, FAMILIARES Y RESIDENCIA DE LA MISMA. Líbrese Boleta de Libertad adjun.....