este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial, Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara CON LUGAR el Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, solicitado por el ciudadano WILFREDO ENRIQUE ALVAREZ LINAREZ contra GLADYS ESTHER MENDOZA PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.156.149 y V-8.612.611, respectivamente, ambos de este domicilio, en consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil contraído por los referidos ciudadanos en fecha 16 de Enero de 1987, según acta de matrimonio Nº 2, Folios 4 y 5, Año 1.987, que reposa en los Libro de Matrimonios llevados hoy por la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Salom del Municipio Puerto Cabello del .....