De lo expuesto por la parte demandante, ciudadana: YURAIMA MARGARITA CHACÓN FLORES, y atendiendo a lo establecido en las normas antes transcritas, y por cuanto manifiesta la parte actora que desiste formalmente del procedimiento de solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, que intentara contra el ciudadano CARLOS ALBERTO OLIVO, esta Juez del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte la HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, suscrito por la parte demandante en fecha treinta y uno (31) de Enero de dos mil diecisiete (2.017). En consecuencia, se le da el pase en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme.