Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la ciudadana KRISTY JOHNERY TOBIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-25.049.195, asistida en este acto por la abogada MARIANA PEÑUELA BASTIDAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 80.103, contra el ciudadano JUAN TORRE SAINZ, español, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. PAC869862, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial mediante inserción de acta de matrimonio ante la Oficina Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia, del Estado C.....