Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 645 y 647 literal ¿h¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA; LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE SERVIVIO A LA COMUNIDAD, impuesta a la sancionada (IDENTIDAD OMITIDA), venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-19.533.097, nacida en fecha 05-02-87, de 18 años de edad, soltera, hija de Rafael Camacho y de Aura Rosa Delgado, residenciada en el Barrio 19 de Abril, sector 2, calle 1, entre avenidas 14 y 15, casa de INAVI sin número, Guanare, Estado Portuguesa, por haberse cumplido la misma en las tareas asignadas y en el lapso establecido por este tribunal. Se decreta la libertad plena en la presenta causa. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada firmada y sellada en.....