Visto la conciliación celebrada entre los ciudadanos HECTOR MANUEL TOVAR JIMENEZ y YINA DAINUBY RIVAS VALDERRAMA, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la Obligación Alimentaría del ciudadano HECTOR MANUEL TOVAR JIMENEZ informo al Tribunal que esta de acuerdo con lo solicitado por parte de la madre de su hijo JESUS MANUEL TOVAR RIVAS de seis años de edad, ó sea cancelará por concepto de pago de obligación alimentaría la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) Mensuales y en los meses de Agosto y Diciembre, la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo), a fin de cubrir los gastos de uniformes, calzados, útiles escolares y el vestuario decembrino, dichas cantidades las cancelara a partir del presente mes, mediante medida de retención, la cual fue fijada por este Tribunal según oficio N° 1367-A, remitido al Jefe de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud del estado Portuguesa, y dicha oficina depositara en la cuenta d.....