Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la pretensión intentada por la ciudadana: MARYOLI JOSEFINA FALCON GUANIPA, representada por la abogada MARIA FERNANDA ALVARADO DE VIGNATI, Procuradora Especial de trabajadores del Estado Lara, en contra del Jardín de Infancia Cabudare, por cobro de prestaciones sociales.----------------------
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza social del fallo. ------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los Dos (02) días del mes de Marzo de 2.006. Años: 195º y 147º.---------------------------------
El Juez Temporal,
Dr. RAMON EDUARDO FONSECA RIERA
La Secretaria,
Dra.....