En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, como garante esta sentenciadora de los derechos fundamentales, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo interpuesta por: MARTIN SALAZAR, ORLANDO L. GOMEZ, PABLO L. GUTIERREZ Y OTROS, en su condición de obreros y empleados de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE (U.D.O), asistidos por abogado en ejercicio FELIX CASANOVA S., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 47.135, en contra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE SEGURIDAD FUNDAUDO, C.A. (SINTRASEGUDO), representado por los ciudadanos FERNANDO CORDOVA y MERVIN FLORES, en sus condiciones de Secretario General y Secretario de Conflictos, respectivamente. SEGUNDO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORI.....