Dispositiva
Por lo anteriormente señalado, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo pautado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Carlos Manuel Vetencourt Rodríguez, identificado ut supra, por el lapso de pena que le resta por cumplir: dos (02) años, seis (06) meses y once (11) días, es decir, hasta el 13 de octubre de 2.011.
El Tribunal le impone al ciudadano Carlos Manuel Vetencourt Rodríguez las siguientes obligaciones, las cuales son acumulativas y que deberá cumplir dentro del lapso señalado, acotando que el incumplimiento de una sola de ellas acarrea la revocatoria de esta fórmula alternativa de cumpli.....