REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 02 de Abril del 2.013
Años 202° y 154°
PARTES: MIRIAM COROMOTO COLMENAREZ MENDOZA contra PEDRO CELESTINO FREITEZ SEQUERA
BENEFICIARIO: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).
MOTIVO: HOMOLOGACION CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.
Visto el Convenimiento suscrito por las partes en juicio, en la presente causa DE OBLIGACION DE MANUTENCION, introducido por la ciudadana: MIRIAM COROMOTO COLMENAREZ MENDOZA, en contra del ciudadano PEDRO CELESTINO FREITEZ SEQUERA en beneficio de los niños: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), suscrito por ante este Juzgado; en la cual acordaron el monto de la obligación de manutención.....