DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda HOMOLOGAR LA CONCILIACION, y suspende el proceso a prueba al adolescente,por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de ocho (08) meses, para lo cual se le imponen las siguientes condiciones: 1.-) Mantenerse en la dirección aportada, en caso de cambio de residencia participar al Tribunal. 2.-) No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, 3.-) Prohibición de volverse a involucrar en otro hecho delictivo. 4.-) Mantenerse estudiando o trabajando por lo que deberá consignar constancia de estudio o de trabajo cada Dos (02) Meses, Una vez transcurridos ocho meses, el Tribunal verificara el cumplimiento de las condiciones imp.....