Se dictó y se publicó decisión mediante la cual este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:1. El DECAIMIENTO DEL OBJETO en la demanda de nulidad, interpuesta por el ciudadano Manuel Antonio Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° V-7.320.521, asistido por los abogados Andrés José Linares Benzo, Kathleen Barrios Balzan y Fernando Delgado Rivas (INPREABOGADOS Nros. 42.259, 246.803 y 235.150, respectivamente), actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil BABYLISS SARL, registrada por ante el Registro del Tribunal de Comercio de Nanterre en fecha 01 de enero de 1961 bajo Nº 612 021 923 00117, sociedad constituida según las leyes de Paris, Francia, con sitio principal de negocios en 99, Avenue Aristide Briand BP 72, 92123 Montrogue, Francia, contra de la Resolución Nro. 044, publicada en la página 53, Tomo VIII,.....