DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 1, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda imponer la medida de privación judicial preventiva libertad al ciudadano CARLOS ENRIQUE CASTILLO VEGAS anteriormente identificado; por la presunta comisión del delito de SECUESTRO, ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO en atención a lo pautado en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal a ser cumplida en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, por carecer este estado de otro centro de reclusión para los procesados (URIBANA). Asimismo, se ordena la tramitación de la causa por las vías del procedimiento penal ordinario. Se ordena la publicación. Cúmplase .Notifíquese a las partes de la Presente Fundamentación.