DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la apelación interpuesta por el abogado ARMANDO JOSÉ WOHNSIEDLER RIVERO, Apoderado Judicial de la parte actora.
No hay condenatoria en costa por la naturaleza del fallo.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y publíquese.